Las lentes de contacto sin finalidad correctiva, conocidas como lentillas de colores, cosméticas o fantasía, siempre han generado debate y polémica. Desde el campo de la optometría lo tenemos claro, y así lo ampara la ley. Requieren según ley un establecimiento sanitario de óptica, una adaptación individualizada, un equipamiento adecuado y un óptico-optometrista al frente.
Por desgracia, existen muchísimos usuarios de estas lentillas que se las autoadaptan sin más, sobre todo en las fiestas de carnaval y halloween. Este tipo de lentillas no son un juguete ni un simple complemento que uno pueda usar a su antojo sin ningún tipo de control por parte del profesional de la visión.
Desde el Consejo General de Colegios de Ópticos y Optometristas nos aclaran una vez más la correcta utilización y adaptación de este tipo de lentillas, a través de una consulta a la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios: “Las lentes de contacto sin finalidad correctiva no tienen la consideración de producto sanitario al no estar destinadas a las finalidades recogidas en la definición citada”. “No obstante, pese a no ser productos sanitarios, sí que entran dentro de la aplicación del citado Real Decreto 1591/2009, que en su artículo 3 establece:” Este artículo 3 obviado da paso al siguiente párrafo sustancial del escrito que nos ocupa:
“Las lentes de contacto, independientemente de que tengan o no una finalidad correctiva, requieren una adaptación individualizada por lo que, respecto a los establecimientos de venta, deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 27 del citado Real Decreto y deberán contar con el equipamiento necesario para realizar tal adaptación, así como disponer de un profesional cuya titulación acredite una cualificación adecuada para estas funciones”.
Queda claro que estas lentes de contacto se han de adpatar exactamente igual que las correctoras. En La Gafería somos especialistas en todo tipo de lentes de contacto, ¡ven y no te la juegues!
Buenísimo el aporte. Un cordial saludo.